Perspectivas judías respecto a la atención al final de la vida
El siguiente artículo se publicó originalmente en 70 Faces Media y como parte de una serie respaldada por MJHS Health System, 70/Faces Media y UJA-Federation of New York para concienciar y facilitar las conversaciones sobre la atención al final de la vida en el contexto del judaísmo.
Enfoques judíos sobre la toma de decisiones médicas para los enfermos terminales.
POR MY JEWISH LIFE
Las decisiones relacionadas con la atención médica en las etapas finales de la vida presentan una gama de dilemas judíos éticos y legales. En general, son confusos y complicados y han desconcertado a éticos, profesionales médicos y líderes religiosos por igual.
Aunque la tradición judía sostiene que la vida humana tiene un valor infinito y que su preservación y prolongación anula prácticamente cualquier otro imperativo religioso, aliviar el dolor y permitir la partida en paz del alma son también valores bien establecidos en la tradición judía. Por supuesto, existe una distinción moral entre acelerar la muerte y anular los obstáculos que impiden la evolución natural, pero en la práctica esta diferencia no siempre es fácil de distinguir.
A continuación, se ofrece una visión general de varias cuestiones que suelen plantearse al final de la vida, y cómo se han pronunciado las autoridades judías al respecto. Los pensadores judíos suelen hacer hincapié en que los casos específicos varían de manera significativa y deben considerarse por separado. Si bien siempre se tienen en cuenta los deseos del paciente, se insta a quienes estén preocupados por el cumplimiento de la ley judía a que consulten con consejeros de confianza.
Nutrición/hidratación artificial
En el caso de los pacientes que no pueden comer ni beber, los médicos pueden suministrarles alimentos y agua por vía intravenosa o a través de una sonda de alimentación. Se trata de una situación habitual a la que se enfrentan las personas con demencia en estado avanzado. La mayoría de las autoridades ortodoxas suelen considerar que la nutrición, la hidratación y el oxígeno, incluso si se suministran de manera artificial mediante una sonda de alimentación o un respirador, constituyen necesidades humanas esenciales que nunca deben interrumpirse mientras sean eficaces. Esta postura también se refleja en el documento de 1990 sobre la atención al final de la vida redactado por el rabino conservador Avram Reisner. Sin embargo, las autoridades de la ley religiosa del movimiento conservador también respaldaron un documento del rabino Elliot Dorff, que proponía varias justificaciones posibles para eliminar la nutrición e hidratación artificiales para los enfermos terminales, entre ellas la afirmación de que un tratamiento administrado por médicos que suministra alimentos y agua al paciente por medio de una sonda se considera más bien un medicamento que solo alimentos y agua.
Hospicio
La atención de hospicio es una forma de atención médica para personas que padecen enfermedades terminales y que tienen una esperanza de vida de seis meses o menos. Por lo general, se remite a los pacientes a la atención de hospicio cuando no se prevé que el tratamiento médico adicional revierta el curso de su enfermedad, y, en su lugar, eligen centrarse en terapias orientadas a disminuir el dolor y mantener la máxima calidad de vida durante el mayor tiempo posible. Los programas de atención de hospicio para personas judías suelen estar preparados para prestar servicios de atención de hospicio sin dejar de respetar las tradiciones judías. Dado que la atención de hospicio se centra en la calidad de vida del paciente más que en un tratamiento médico agresivo, algunos rabinos ortodoxos no creen que la atención de hospicio concuerde con la tradición judía. Sin embargo, no todas las autoridades judías están de acuerdo. Muchas autoridades judías contemporáneas sostienen que la tradición judía permite centrarse en la comodidad y la disminución del dolor y evitar las intervenciones médicas agresivas en determinadas circunstancias.
Órdenes de no reanimar
Conocidas como órdenes de no reanimar (DNR), son directivas legales firmadas por los médicos que exigen a los profesionales de la salud que no practiquen la reanimación cardiopulmonar (RCP) o el soporte vital avanzado en caso de que el corazón del paciente deje de funcionar. Por lo general, solicitan las DNR los pacientes de edad avanzada o que padecen una enfermedad terminal avanzada que tienen pocas probabilidades de sobrevivir a la RCP sin que su estado de salud empeore considerablemente. Algunas autoridades judías consideran que estas órdenes son muy problemáticas, ya que un paciente que necesita RCP tiene un cuadro agudo y podría salvarse, incluso durante un breve período, con el tratamiento adecuado. Sin embargo, dado el bajo índice de éxito de la reanimación y la elevada probabilidad de efectos adversos para las personas de edad avanzada o las personas debilitadas por una enfermedad terminal, algunas autoridades permiten las DNR en determinadas condiciones. Reisner, en su documento de 1990 sobre el tratamiento de los enfermos terminales, sostiene que es adecuado respetar la orden de DNR de un paciente en los casos en que no es posible devolverle la “vida por completo”.
Directivas anticipadas
Se trata de documentos en los que se especifican los deseos de un paciente en relación con la atención médica en caso de que no pueda tomar esas decisiones sin ayuda o en los que se establece un poder de representación para la atención médica para que la persona designada tome decisiones en su nombre. Las leyes relativas a las directivas anticipadas varían en gran medida de un estado a otro. Puede encontrar una gran variedad de formularios específicos para cada estado aquí. Además, existen versiones judías conservadoras y ortodoxas de las directivas anticipadas; en algunas de estas, se manifiesta de manera explícita el deseo de la persona de que se respeten la ley y las costumbres judías en sus decisiones de atención médica. También suelen incluir un apartado para nombrar a un rabino específico a quien se deberá consultar cuando se tomen esas decisiones.
Tratamientos experimentales
Mientras que la mayoría de las autoridades judías exigirían a un paciente que se sometiera a una terapia si se sabe que es eficaz para curar su enfermedad, no ocurre lo mismo con los tratamientos experimentales cuya tasa de éxito y efectos secundarios posiblemente adversos se desconocen. Entre ellos están los tratamientos cuya eficacia aún no se ha demostrado en ensayos clínicos, o los nuevos medicamentos de los que aún no se han determinado su seguridad y eficacia. Las autoridades judías que pertenecen a diversas denominaciones respaldan el derecho de un paciente a rechazar un tratamiento arriesgado o sin eficacia comprobada. Asimismo, un paciente que quiera someterse a una terapia experimental con la esperanza de curarse está autorizado a hacerlo, aunque suponga riesgos. Según algunas autoridades, este es el caso incluso de un tratamiento peligroso que puede provocar la muerte. Dorff escribe que está permitido recurrir a una terapia que puede representar un riesgo para la salud si presenta una “posibilidad razonable” de curación, aunque al mismo tiempo suponga un riesgo de acelerar la muerte si fracasa.
Rechazo del tratamiento
La tradición judía generalmente requiere que se haga todo lo posible para mantener y prolongar la vida, pero esa posición no es absoluta. En los casos en que las enfermedades no tienen cura y las intervenciones médicas serían arriesgadas, dolorosas, de eficacia incierta o servirían únicamente para prolongar una vida de dolor físico o psíquico insoportable, la tradición judía respalda el derecho del individuo a rechazar los tratamientos. Este fue el razonamiento en el que se basó el rabinato reformista de 2008 para dictaminar que una paciente con cáncer de pulmón no tenía que someterse a una quimioterapia que podía prolongar su vida tres meses, pero solo a costa de un importante dolor y sufrimiento. En las denominaciones liberales, existe un gran respeto por la autonomía individual a la hora de tomar decisiones relativas a la atención médica, incluido el derecho a rechazar la atención si el paciente considera que no sería eficaz o sería demasiado dolorosa. Las autoridades ortodoxas también respaldan el derecho a rechazar los tratamientos en situaciones en las que no se curaría al paciente, sino que solo se prolongaría su sufrimiento.
Rezar por la muerte
Adoptar medidas activas para acelerar la muerte está prohibido en la ley judía, pero rezar por la muerte es algo distinto. El talmudista catalán del siglo XIV Rabbenu Nissim, a modo de comentario de la anécdota talmúdica en la que la criada de Rabí Yehuda Hanasi reza por su muerte, observa: “Hay momentos en los que se debe rezar para que el enfermo muera, como cuando el enfermo está sufriendo mucho por su enfermedad y su estado es terminal”. (Nedarim 40a:2). El experto en bioética judía J. David Bleich lo ha reformulado de la siguiente manera: “Aunque el hombre debe persistir en sus esfuerzos por prolongar la vida, puede; sin embargo, manifestar las necesidades y preocupaciones humanas por medio de la oración. No existe contradicción alguna entre actuar conforme a una obligación existente y rogar que se lo exima de más responsabilidades”.
Retiro del soporte vital
Muchos expertos judíos en derecho creen que está permitido retirar las medidas de soporte vital avanzado a los enfermos terminales. Sin embargo, una vez que se han proporcionado dichas medidas, retirarlas para permitir que ocurra la muerte de manera natural resulta muy problemático. Aunque la ley judía contempla la posibilidad de retirar las medidas de soporte vital avanzado a los enfermos terminales, una vez que se han proporcionado dichas medidas, retirarlas para permitir que ocurra la muerte de manera natural resulta bastante más problemático. Como norma general, retirar el soporte vital no está permitido en las lecturas tradicionales de la ley judía. Sin embargo, muchas autoridades judías contemporáneas consideran que una persona está muerta si la actividad de su tronco cerebral se detiene. Si un paciente de este tipo se mantuviera “vivo” únicamente por medio de maquinaria médica, estas autoridades permitirían la desconexión. Para aquellos que buscan cumplir las interpretaciones más tradicionales de la ley judía, existen algunas interpretaciones empleadas por expertos médicos rabínicos, que se han puesto en práctica para suspender los tratamientos en los casos en los que un paciente depende por completo de respiradores y maquinarias para hacer circular la sangre y tiene pocas esperanzas de recuperarse. Sin embargo, se debe considerar caso por caso, a partir de información precisa entre el médico, el rabino y la familia.
Donación de órganos
Las autoridades judías pertenecientes a todo los sectores religiosos, desde los reformistas hasta los ultraortodoxos, respaldan la posibilidad de salvar vidas mediante la donación de órganos, y algunas autoridades llegan a sugerir que la tradición judía exige la donación de órganos. Los requisitos tradicionales, como enterrar al muerto con rapidez, evitar la profanación o beneficiarse de un cadáver, que parecerían impedir la donación de órganos desaparecen ante la posibilidad de salvar vidas. La Sociedad Halájica de Donantes de Órganos (organización para judíos que quieren cumplir la ley judía de forma estricta) ofrece una tarjeta de donante de órganos en la que se indica específicamente que cualquier procedimiento de trasplante se realice previa consulta con el rabino del difunto. El movimiento conservador dispone de una tarjeta similar.
Eutanasia/suicidio asistido
La mayoría de las autoridades judías se oponen rotundamente a la eutanasia o al suicidio asistido de cualquier tipo. Adoptar medidas activas para acelerar la propia muerte se considera equivalente al suicidio, mientras que ayudar a otro a hacerlo se puede considerar un asesinato. Varios rabinos reformistas han desafiado este punto de vista, y han cuestionado la validez de la distinción comúnmente establecida entre las medidas activas para acelerar la muerte y la simple suspensión del tratamiento o la eliminación de los obstáculos que impiden la muerte. Peter Knobel, destacado rabino reformista y expresidente de la asociación rabínica, ha argumentado que, en ciertos casos, la eutanasia efectiva puede ser incluso un acto loable, aunque esta opinión continúa representando a una clara minoría. Durante años, el rabinato reformista ha reiterado en varias ocasiones que se opone a la eutanasia y al suicidio asistido.
Decir la verdad
Si bien la honestidad es un requisito fundamental en la tradición judía, existe un amplio precedente de la idea de que se debe ocultar al paciente la información sobre un diagnóstico terminal, ya que puede disminuir su voluntad de vivir. Se citan varias referencias bíblicas en respaldo a esta idea, como por ejemplo, la respuesta del profeta Eliseo a la pregunta de Ben Haddad, en la que el profeta le dijo al rey que se recuperaría de su enfermedad aunque sabía que ocurriría lo contrario. El Shulchan Aruch determina que, si bien se instruye a una persona que está a punto de morir para que confiese sus pecados, también es necesario asegurarle que muchas personas han confesado sus pecados y no han muerto. (Yoreh Deah: 338) Bleich incluso ha llegado a sugerir que un médico no solo debe abstenerse de transmitir información que pueda causar desesperación al paciente y, por tanto, acelerar su muerte, sino que debe seguir “simulando asistencia médica aunque no exista ningún propósito médico en su asistencia”. Las decisiones sobre el final de la vida pueden suponer un desafío, sobre todo para quienes quieren asegurarse de que las decisiones respetan la ley judía tradicional. Además, aunque existen áreas de consenso, también se observan diferencias en la forma en que los líderes judíos interpretan las enseñanzas y los textos judíos pertinentes. Aunque el artículo ofrece una visión general, incentivamos a las familias preocupadas por el cumplimiento de las prácticas y creencias judías cuando se enfrentan a estas decisiones difíciles a que consulten a los líderes espirituales de confianza para que los aconsejen.
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